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miércoles, 13 de noviembre de 2013

El nuevo sistema fija una beca mínima según el país de destino

EL PAIS | J. A. A. | Madrid | 12 NOV 2013 - CET
 
 
 

La Comisión Europea ha decidido potenciar y reunir bajo el mismo paraguas todos los programas europeos de educación y juventud y lo ha hecho utilizando el nombre de uno de los proyectos de movilidad más exitosos. Se llama Erasmus +, reúne todos esos programas, incluidos Comenius o Leonardo Da Vinci, y su dotación crecerá un 40% en los nuevos presupuestos comunitarios para el periodo 2014-2020. Dentro está el programa Erasmus, con el que los alumnos de educación superior pueden estudiar o hacer prácticas durante unos meses en otros países europeos: esto incluye a universitarios, y también a alumnos de FP superior y enseñanzas artísticas superiores, aunque los primeros son los más numerosos, más del 90%.
La ayuda de los alumnos erasmus españoles procede de varias fuentes: de la Comisión Europea (este año 115 euros), del Gobierno español (100 euros al mes o 185 para los que a la vez sean beneficiarios de una beca general por falta de recursos) y, en algunos casos, de las comunidades autónomas (cinco de ellas han eliminado el complemento).
Hasta ahora, el dinero de la Comisión se repartía entre los países según el número de universitarios y cada país, en función de sus erasmus, repartía entre todos. España, la nación que más erasmus envía y recibe, siempre ha dado más ayudas, pero menos cuantiosas que otros países.
Ahora Bruselas establece un nuevo reparto que tiene en cuenta la población total y también los buenos o malos resultados de Erasmus en cada país. Estipula además una beca mínima que los países deben dar con el dinero de la Comisión: entre 150 y 250 euros al mes (dependiendo del nivel de vida del país de destino). Luego, cada país puede completar, como hasta ahora, las becas con fondos propios. Pero el Gobierno español ha reducido su partida Erasmus un 70% en los últimos años, bajando desde 62,7 millones en 2011 a menos de 16 millones este año. Tras la polémica de la semana pasada y la rectificación, este año habrá una partida extra para que los erasmus puedan tener, al menos, la ayuda del Gobierno que recibieron el curso pasado.
Fuentes de Bruselas aseguran que, si se reduce el número de becarios de Erasmus en España, será por el recorte español no por los nuevos criterios, a pesar de ese nuevo mínimo. La explicación es que se puede llegar a los mismos becarios si la Comisión pone una parte y el ministerio otra parte de cada beca de 215 euros mensuales (lo que recibieron el año pasado los erasmus españoles), que si la Comisión da unas ayudas de 200 euros hasta que se agote su presupuesto y el ministerio hace lo mismo hasta que se agote el suyo. Eso sí, para eso el Gobierno español tiene que mantener su partida. La Comisión, por su parte, aumenta la partida de Erasmus para España en 2014 un 4,3% (2,2 millones), hasta 53,4 millones.

lunes, 11 de noviembre de 2013

Reacciones: CECE recuerda que las leyes educativas tienen mecanismos para su cumplimiento

abc / P. G. / SEVILLA / 09/11/2013  

Desde esta patronal, a la que se adscriben los doce colegios diferenciados de la región, se aboga por un «pacto educativo»




La respuesta del consejero de Educación, Cultura y Deporte, Luciano Alonso, mostrando el rechazo a pagar con dinero público la educación diferenciada y, por ende, su negativa a concertar a raíz de la enmienda de UPN aprobada en el Senado para su inclusión en la Lomce, no ha pasado por alto para la patronal a la que se adscriben estos centros —CECE-Andalucía— ni para la plataforma «Mis padres deciden», que no ceja en su empeño de hacer valer su derecho a poder elegir la educación de sus hijos.
La asesora jurídica de la patronal, Carmen Mora de la Rosa, ha considerado que «es muy grave que representantes públicos declaren que no van a aplicar una Ley de obligado cumplimiento, pues tienen una enorme responsabilidad y son los primeros que deben someterse y preservar las reglas de la democracia y del estado de derecho». En su opinión, «no es un buen ejemplo que nuestros representantes se precipiten en este tipo de cuestiones, pues la misma legitimidad tienen las leyes aprobadas en el Parlamento tanto si son promovidas por un partido como por otro, porque ¿qué ocurriría si los ciudadanos cumpliéramos las leyes que nos gustan y rechazáramos las que no?».
La asesora jurídica pone también en tela de juicio las declaraciones de Luciano Alonso que inciden en que, aunque con la enmienda los centros podrán ser beneficiarios de los conciertos, la administración autonómica será la encargada de valorar su justificación. Mora de la Rosa precisa que una administración pública no debería «resolver por adelantado unos procedimientos administrativos futuros. Es peligroso prejuzgar una situación de manera anticipada y, sobre todo, cuando se trata de un responsable público. ¿Qué seguridad jurídica pueden tener los ciudadanos —se pregunta— cuando su gobierno declara que no se va a someter al ordenamiento jurídico?». En este punto, indica que las leyes orgánicas educativas establecen mecanismos para velar, en todo el Estado, por el cumplimiento de la normativa básica, «en este caso a través de la Alta Inspección».

Alcanzar un acuerdo

La patronal ha mostrado en todo momento su voluntad de llegar, mediante el diálogo, a un acuerdo con la Junta de Andalucía, algo en lo que abunda, en líneas generales, el secretario general de esta organización, Rafael Caamaño, quien ha hecho hincapié en la necesidad de «un pacto educativo para poder erradicar la confrontación que en la actualidad se está viviendo en nuestro país y cuyas consecuencias no la sufren los partidos políticos sino la propia sociedad, nuestros hijos». Caamaño aboga por hacer «un esfuerzo para entendernos y ser fieles al espíritu del artículo 27 de nuestra Constitución que proclama en igualdad de condiciones el derecho a una educación para todos».

domingo, 10 de noviembre de 2013

SOBRE EL SERVICIO DE NOTIFICACIONES TELEMÁTICAS DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (NOTESS)

PUBLICADO EN ACTUALIDAD DOCENTE Nº 272


Ferran Pellisé Guinjoan, nos explica también interesantes cuestiones sobre este servicio.
¿Dónde se encuentra regulado éste servicio de notificaciones telemáticas de la TGSS?
Se ha publicado la Orden Ministerial ESS/485/2013, de 26 de marzo de 2013, por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos en el ámbito de la Seguridad Social. En la misma se determinan los supuestos y condiciones en que los sujetos responsables quedan obligados a recibir por este medio las notificaciones y comunicaciones. El objetivo es sustituir las comunicaciones que venían realizándose por correo postal y las publicaciones en Boletines Oficiales por la notificación telemática, con el fin de asegurar mayor eficiencia y agilidad en su gestión.
Otras normas a las que hay que tomar como contexto son:
• Ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y Real Decreto 1671/2009.
• Disposición adicional quincuagésima del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (redacción Ley 32/2010).
• Reforma de la Ley de Tráfico y la modificación de la Ley General Tributaria.
Órdenes Ministeriales publicadas:
• Registro de Apoderamientos, Orden ESS/486/2013, de 26 de marzo.
• Sistema RED- Obligatoriedad Carbón-, Orden ESS/484/2013, de 26 de marzo.
¿Quiénes están obligados?
Esta obligación alcanza a:
1. Sujetos obligados a incorporarse al Sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED.- Orden Ministerial ESS/484/2013 de 26 de marzo de 2013) con independencia de que sus Códigos de Cuenta de Cotización estén de alta o de baja:
a. Todas las empresas cualesquiera que sea su actividad, encuadradas en cualquiera de los Regímenes del Sistema de la Seguridad Sociales independientemente del número de trabajadores.
b. Trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, con excepción de los correspondientes al Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, que al mismo tiempo tengan la condición de empresarios obligados a transmitir por el Sistema RED los datos relativos a sus trabajadores.
c. Empresas y demás sujetos responsables encuadrados en los Sistemas Especiales del Régimen General, excepto el Sistema Especial de Empleados de Hogar.
2. Sujetos, que sin estar obligados al Sistema Red, se hayan adherido voluntariamente al mismo, mientras sigan incorporados al citado sistema.
¿Se comunicará a los sujetos obligados su implantación?
Los sujetos obligados recibirán por correo postal la notificación de su inclusión en el sistema de notificación electrónica, siendo la obligatoriedad efectiva en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación. La falta de notificación de esta resolución por causa no imputable a la Administración de la Seguridad Social determinará su publicación en el tablón de edictos y anuncios de la Seguridad Social, ubicado en la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social (SEDESS).
La resolución se dirigirá a la empresa o ciudadano obligado.
Los sujetos obligados que, con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden de Notificaciones Telemáticas, se hubiera inscrito a través del Servicio de Suscripción Voluntaria, continuarán recibiendo sus notificaciones por este medio en tanto permanezcan suscritos a dicho servicio, hasta que se produzca su inclusión obligatoria. Una vez que tenga lugar esta incorporación obligatoria, el sistema no permitirá la baja del interesado en la suscripción de los procedimientos a los que esté obligado.
Las empresas de nueva creación a partir de la entrada en vigor, el 1 de abril de 2013, de la Orden Ministerial ESS/485/2013 que cumplan con los criterios de obligatoriedad, quedarán sujetas a este sistema de notificación sin necesidad de comunicación previa de incorporación por la Administración de la Seguridad Social.
¿Quién recibirá las notificaciones telemáticas?
Las notificaciones se pondrán a disposición en todo caso tanto del sujeto responsable del obligado a recibirlas como del autorizado que en cada momento tenga asignada la gestión en el Sistema RED del Código de Cuenta de Cotización principal o, en su caso, del NAF. Sin embargo, los sujetos responsables podrán optar por ser los únicos receptores de las notificaciones, desasignando de esta función al Autorizado RED a través del servicio a que este fin está disponible en SEDESS.
Por otro lado, si el sujeto responsable desea que un tercero distinto del Autorizado RED sea receptor también de sus notificaciones, podrá realizar la gestión a través del Registro Electrónico de Apoderamiento Telemático (REAT). Este servicio también está disponible en la Sede.
En cualquier caso, sólo puede haber un receptor de notificaciones adicional al sujeto responsable, ya sea el Autorizado RED o el apoderado.
¿Qué actos se notificarán por vía telemática?
Los actos de gestión recaudatoria objeto de notificación telemática son:
• Reclamaciones de deuda.
• Providencias de apremio.
• Comunicación del inicio del procedimiento de deducción.
Actos del procedimiento de apremio por cuotas y conceptos de recaudación conjunta y otros recursos.
Paulatinamente, se irán incorporando nuevos actos. Sus fechas de inclusión se regularán en resoluciones de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social.
¿Cómo funcionan las notificaciones electrónicas?
1) La Administración de la Seguridad Social practicará las notificaciones electrónicas mediante el sistema de comparecencia en su Sede Electrónica http://sede.seg-social.gob.es. Para el acceso y firma será necesario cumplir con los requisitos técnicos de software así como tener el navegador para el uso de funcionalidades de firma electrónica.
2) Una vez puesta a disposición la notificación en SEDESS, el interesado deberá acceder en el plazo de 10 días naturales. Transcurrido dicho período sin que se acceda a su contenido, se entenderá rechazada, dándose por cumplido el trámite de su notificación y continuándose con el procedimiento. Una vez que la notificación deje de estar disponible en SEDESS, se deberá acudir a una Administración de la Seguridad Social para obtener información.
3) Como cortesía con el usuario, la TGSS enviará avisos de disponibilidad de notificación en la Sede Electrónica a los distintos receptores posibles.
¿Cuáles son los beneficios más relevantes de la comunicación por medios telemáticos?
• Mayor eficiencia de la Administración al conseguir agilizar el acceso y reducir el tiempo para las notificaciones.
• La confidencialidad total y autenticación en la recepción de las notificaciones impidiendo que terceros ajenos puedan tener acceso a las mismas.
• La disponibilidad inmediata de la información en un único punto de acceso.
• La mejora en la atención al tratarse de un servicio disponible 24 horas al día, los 365 días del año.
• La anticipación en el conocimiento de las incidencias y su subsanación de forma más ágil.

Las prácticas académicas externas y su tratamiento ante la Seguridad Social

PUBLICADO EN ACTUALIDAD DOCENTE Nº 272


Ferran Pellisé Guinjoan, director del Área de Prestaciones y Asesoría Jurídica de ActivA Mutua 2008 nos explica, con detalle, la derogación de la norma reguladora de las prácticas externas de estudiantes universitarios y la autorización de plazos extraordinarios para la presentación de las altas y, en su caso, las bajas para la cotización a la Seguridad Social.
ACCIDENTE es, según la RAE, todo suceso espontáneo y episódico del que se deriva un síndrome lesional (traumatismo, fracturas, intoxicaciones, quemaduras, obstrucción de la vía aérea, etc.) que requiere una asistencia sanitaria.
La ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, en lo relativo a las personas que participan en programas de formación, dispuso que el Gobierno, en el plazo de 3 meses desde su publicación, aprobaría los mecanismos de inclusión en la Seguridad Social de los participantes en programas de formación financiados por entidades u organismos públicos o privados, que, vinculados a estudios universitarios o de formación profesional, conlleven contraprestación económica para los afectados, siempre que, en razón de la realización de dichos programas, y conforme a las disposiciones en vigor, no viniesen obligados a estar de alta en el respectivo régimen de la Seguridad Social.
Cumpliendo dicho mandato se dictó el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, y que procede a la integración en el Régimen General de la Seguridad Social, como asimilados a trabajadores por cuenta ajena, de las personas que participen en los referidos programas de formación que incluyan la realización de prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades y no tengan carácter puramente lectivo, siempre que tales prácticas no den lugar al establecimiento de una relación laboral, así como el alcance de la acción protectora que se les otorga de acuerdo con lo previsto en la Ley General de la Seguridad Social.
Con fecha 10 de diciembre de 2011 se publicó el Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios. Se determina en el mismo que los mecanismos de inclusión en la Seguridad Social contemplados en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre no serían de aplicación a los estudiantes universitarios que realizasen las prácticas académicas externas a que se refería ese otro Real Decreto. (Disposición Adicional Primera).
El 28 de junio de 2013 se ha publicado en el BOE la Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo (STS de 21 de mayo de 2013 en Rec 171/2012) por la que se anula el Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre. Y se dispone su retroacción para que el texto definitivo del citado Real Decreto sea remitido al Consejo de Estado con el objeto de que la Comisión Permanente del Alto Órgano Consultivo del Gobierno se pronuncie sobre su Disposición Adicional Primera.
De conformidad a la Ley de Procedimiento Administrativo y la Ley de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa los efectos en materia de alta y cotización a la Seguridad Social de los estudiantes universitarios que realicen prácticas académicas externas que reúnan los requisitos del Real Decreto 1493/2011 se producirán a partir del día 28 de junio de 2013 (fecha de publicación de la Sentencia en el BOE).
Ahora bien, en fecha 30 de agosto de 2013 se ha publicado Resolución de 19 de agosto de 2013, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se autorizan plazos extraordinarios para la presentación de las altas y en su caso, las bajas y para la cotización a la Seguridad Social de los estudiantes universitarios que realicen prácticas académicas externas reuniendo los requisitos y condiciones previstos en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, a consecuencia de la sentencia del Tribunal Supremo de 21 de mayo de 2013, por la que se anula el Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre, que autoriza:
1. La presentación de las altas y, en su caso, las bajas en el Régimen General de la Seguridad Social de dichos estudiantes, para los que esas altas resulten obligatorias desde el día 28 de junio de 2013, puede realizarse hasta el día 30 de septiembre.
2. El ingreso de las cuotas correspondientes a los meses de junio a agosto de 2013 puede efectuarse hasta el día 31 de octubre de 2013.

http://boe.es/boe/dias/2013/08/30/pdfs/BOE-A-2013-9195.pdf 

sábado, 9 de noviembre de 2013

Uno de cada cuatro profesores sufre trastornos de voz

138 Un tercio de los docentes sufre alteraciones de la voz al menos una vez durante el curso académico, lo que ocasiona una gran parte de las bajas laborales

 
30/10/2013 - COM SALUD
Uno de cada cuatro profesores sufre trastornos de voz, según ha concluido la ponencia Patología de la Voz, editada por la Sociedad Española de Otorrinolaringología y Patología Cérvico-Facial (SEORL- PCF), que se ha presentado en Madrid. 65 especialistas españoles, europeos y americanos han participado en esta obra, que actualiza la situación de los trastornos de la voz en España y su tratamiento.
“Los profesores son el colectivo que, con diferencia, más patologías de la voz sufre”, explica el profesor Ignacio Cobeta, jefe del Servicio de otorrinolaringología del Hospital Ramón y Cajal, de Madrid. Y quienes más las padecen son quienes tratan con niños pequeños. Los trastornos de la voz aumentan a medida que disminuye la edad de los niños a los que enseñan. En una universidad, el aula suele tener un ruido ambiental de entre 35 y 40 decibelios (db), por lo que se requiere hablar entre 55 y 60 db. En cambio en una clase infantil el ruido alcanza los 60-65 y los profesores deben hacerse oír a 70-75 db.
Se calcula que un tercio de los docentes sufre alteraciones de la voz al menos una vez durante el curso académico, lo que ocasiona una gran parte de las bajas laborales, según datos de la SEORL. Los nódulos en las cuerdas vocales son más frecuentes en mujeres que en hombres, ya que la laringe femenina es más pequeña y las cuerdas deben vibrar el doble, advierte este especialista.
A pesar de ello, “la mayoría de docentes no busca ayuda y sólo recurre al tratamiento y no a la prevención”, subraya Cobeta. En este sentido, los otorrinos recomiendan no hablar en clase más de 4 horas al día, hidratarse, evitar el tabaco y el alcohol, hacer llamadas de atención no vocales (aplausos o pitidos), utilizar grabaciones y fomentar la participación en el aula, aprovechar los recreos para descansar la voz o valerse de micrófonos y altavoces. “Se puede recurrir a clases de logopedia para aprovechar mejor el potencial de la propia voz y no forzarla”, añade el especialista.
Cirugía de la voz
Asimismo, cabe destacar el avance que supone la cirugía ambulatoria de la voz en parálisis vocales, que sufren a menudo quienes fuerzan la voz y quienes se someten a intervenciones quirúrgicas relacionadas con el aparato fonador (como en tiroides), explica el doctor Faustino Núñez, del Servicio de otorrinolaringología del Hospital Central de Asturias. “Basta inyectar unas sustancias que ayuden a restaurar la vibración de las cuerdas vocales”, comenta.
Este tratamiento está siendo cada vez más utilizado en ancianos, apunta, “ya que con la edad se va perdiendo la calidad de la voz y gracias a la cirugía se consigue rejuvenecer y eso reduce el aislamiento social”. Este tipo de intervenciones también se están utilizando en transexuales.

viernes, 8 de noviembre de 2013

Reacciones: La Junta se niega a devolver el concierto a los 7 centros no mixtos

Educación recurrirá al Constitucional la disposición de la Lomce que permite recuperar las ayudas


Diario de sevilla | DIEGO J. GENIZ | 08.11.2013

Un motivo más para la confrontación política entre el Gobierno y la Junta en cuestiones educativas. Aunque cuando se presentó el primer borrador de la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (Lomce) el ministro José Ignacio Wert ya adelantó que establecería medidas para que los colegios de educación diferenciada -aquéllos que no mezclan a alumnos de distinto sexo en sus aulas- siguieran recibiendo ayudas públicas, lo cierto es que no fue hasta ayer cuando se confirmó esta posibilidad. 

La recuperación del concierto educativo para estos centros se incluirá en una disposición transitoria de la Lomce tras haber aceptado el PP en el Senado una enmienda adicional de UPN. Ello significa que los siete centros sevillanos que en el presente curso perdieron dicha subvención la recuperen cuando entre en vigor la citada ley, previsiblemente para finales de este año o principios de 2014. 

La razón expuesta por el Gobierno para concertar este tipo de enseñanza es la "coherencia" con los principios de la Lomce y el contenido de la convención de la Unesco de 1960. Sin embargo, los siete centros a los que la Junta les ha retirado las ayudas públicas este curso no la tienen todas consigo para volver a recuperarlas, puesto que la Administración autonómica -que tiene transferidas las competencias educativas- se muestra reacia a volverlos a concertar.
El propio consejero de Educación, Luciano Alonso, aseguró ayer que "no va a concertar los centros que segregan por sexo al romper el principio de igualdad". 

Por tal motivo, la disposición transitoria también se incluirá en el recurso contra la Lomce que la Junta presentará en el Tribunal Constitucional, como ya anunció hace dos semanas coincidiendo con la última jornada de huelga en la enseñanza convocada por sindicatos y asociaciones de estudiantes y padres como rechazo a dicha ley gubernamental. 

El consejero aprovechó la última rectificación de Wert respecto a la retirada de las becas Erasmus para pedirle que continúe en esa "vía" y "enmiende a su propio partido y a su socio UPN para que deje sin valor esta medida discriminatoria".  

En este sentido, hay que recordar que la Junta, tras algunos intentos, logró retirar el concierto a estos centros después de darle la razón el Tribunal Supremo en varias sentencias, en las que considera que la enseñanza no mixta van contra el principio de igualdad de la Ley Orgánica de Educación (LOE), aprobada durante el gobierno socialista de Zapatero. Por tal motivo, este curso ya no pueden ofertar plazas nuevas concertadas El Cható, en Brenes; Molino Azul, en Lora del Río; Nuestra Señora de Lourdes, en Carmona; y el Ribamar, Albaydar, Altair y Ángela Guerrero, en la ciudad hispalense. Sí lo mantendrán los alumnos que ya estaban en cursos pasados escolarizados en plazas subvencionadas con fondos públicos. 

Estos centros se encuentran asociados a la patronal de enseñanza CECE, cuyo secretario general en Andalucía, Rafael Caamaño, aseguró ayer a este periódico que han recibido con "satisfacción" la noticia, entre otros motivos, porque los colegios afectados por la retirada del concierto no habrán de esperar tres años para recuperar el concierto, puesto que lo obtendrán en cuanto se apruebe la Lomce. "La Junta podrá recurrirla ante el Constitucional, pero mientras se emite el fallo judicial tendrá que cumplirla, al tratarse de una normativa básica", señala Caamaño, quien, no obstante, considera que el deseo de la patronal es que entre las diversas fuerzas políticas del país y los representantes de los agentes de la comunidad educativa se logre un pacto en la enseñanza para las cuestiones "más sensibles". "Los centros, las familias y los alumnos no podemos estar sometidos a los vaivenes de los cambios de Gobierno. Se requiere consenso en educación para que se desarrollen proyectos de calidad a largo plazo", refiere el secretario de la CECE.

Reacciones: CECE pide compensar a alumnos que dejaron centros que separan por sexo

MADRID, 7 Nov. (EUROPA PRESS) 

La Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE) pide que se "repare el daño" a los alumnos que dejaron este curso escolar de estudiar en un centro al que la administración autonómica denegó el concierto por seguir el modelo de educación diferenciada por sexo. 

Así lo ha indicado el presidente de esta patronal de enseñanza, Antonio Rodríguez-Campra, que ha celebrado que el PP haya aceptado una enmienda de UPN para que la LOMCE contemple que los centros a los que se les denegó el concierto en 2013 por el "único motivo" de ofrecer este modelo educativo pueden volver a solicitarlo para el curso que viene 2014-2015.

"Era una enorme injusticia la retirada o no renovación de esta subvención por algunas administraciones como Andalucía, además de un ataque la libertad de enseñanza, que se tiene que compensar de alguna manera", ha afirmado el presidente de esta organización a la que pertenecen los doce centros a los que la Junta andaluza retiró la subvención. 

Según ha recordado, la mayoría de ellos son de Formación Profesional y situados en zonas rurales, que atienden a una población escolar con "serias dificultades económicas". "Se ha atentado contra los derechos de estos estudiantes y sus familias y esto tiene que ser resarcido de alguna forma", ha aseverado.